Guía rápida para trabajadores
Hay dolencias que aparecen de a poco por la tarea que hacés. La ley las prevé, pero pocos saben por dónde arrancar.
Cómo es
Es la lista de enfermedades que la ley reconoce como profesionales. Para cada una dice qué exposición laboral hace falta y en qué actividades suele presentarse.
Si la ART la rechaza o la deriva a la obra social, la Comisión Médica y la Comisión Médica Central deciden si en tu caso se reconoce como profesional.
Un médico tiene que encuadrar la dolencia como enfermedad profesional, y además hay que acreditar la exposición: qué tarea hacías, desde cuándo y en qué condiciones.
Le avisás a la empresa para que comunique a la ART. Si no lo hace, el trabajador puede denunciar por telegrama laboral.
Un detalle importante
Estudios, certificados, informes de los médicos que te atendieron, en orden de fecha. Si te operaron, el resumen de la internación.
Recibos de sueldo, tu categoría, la tarea concreta, las herramientas o cargas con las que trabajabas, y cualquier pedido o reclamo por seguridad que hayas hecho.
Si la ART rechaza
Es el comienzo de otro camino: se presenta ante la Comisión Médica y, si hace falta, sigue en el Tribunal del Trabajo. Guardá la notificación del rechazo con su fecha, porque es lo primero que vamos a necesitar.
Ese trámite ante la Comisión Médica lo inicia el trabajador, y la ley exige que sea con abogado: no es un formulario que se completa solo. Cuando al final se reconoce que quedó una incapacidad, la ley prevé una indemnización. No es rápido ni es automático, pero ese es el recorrido.
Preguntas frecuentes
Dr. Félix Pagola 935, Zárate. Atención presencial lunes y jueves, coordinando el turno previamente por WhatsApp.
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